El gobierno de Jaime Paz Zamora, entre 1989 y 1993, se rigió por la Ley de Organización Administrativa (LOA), aprobada mediante el Decreto Ley Nº 10460 del 12 de septiembre de 1972 del presidente de facto, Hugo Bánzer Suárez. Mediante el Decreto Supremo Nº 22295, Paz Zamora reglamentó el cargo de Ministro Sin Cartera, cuyas funciones básicas fueron impulsar políticas relativas a la modernización del Estado relacionadas con la descentralización, desburocratización, moralización y, en general con la eficiencia administrativa y relacionar las funciones de poderes públicos con las instituciones cívicas de carácter social y popular. Un cargo que ocuparon durante la gestión del MIR, dos años cada uno, sus socios políticos adenistas, Guillermo Fortún y Jorge Landívar Roca.

La Ley N° 1493, promulgada en 1993 por Gonzalo Sánchez de Lozada, fijó la Ley de Ministerios del Poder Ejecutivo.  El Decreto Supremo N° 23660 definió en 15 páginas, 10 ministerios y la jerarquía de ministros y secretarios nacionales con la mitad de secretarías (viceministerios) y la mitad de direcciones generales (subsecretarías) de las aprobadas por Rodrigo Paz el 13 de agosto de 2026, hace dos semanas.

En su segundo gobierno, Sánchez de Lozada, mediante la Ley N° 2446 y el Decreto Supremo N° 26973 de 2003, estableció 13 ministerios y aún así la mitad de viceministerios y subsecretarías a las existentes en la actualidad.

La Ley N° 3351 y el Decreto Supremo N° 28631 de 2006, emitidos al inicio de la gestión de Evo Morales, reglamentaron la nueva distribución de 15 ministerios y el inicio de casi dos décadas de aumento ampuloso del aparato central del Estado. Luego de la instauración de la Constitución de 2009, mediante el Decreto Supremo N° 29894, volvió a reestructurar el Órgano Ejecutivo e inauguró la creación de empresas y nuevas instituciones «regulatorias» de alcance nacional, como ASFI (Autoridad Supervisora del Sistema Financiero, 2009), APS (Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros, 2009), ATT (Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes, 2009), AETN (Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear, 2009), algunas en sustitución de las superintendencias de mediados de los años 90.

El Decreto Supremo N° 4857 (2023), promulgado por Luis Arce Catacora, fijó la organización general y las atribuciones de la Presidencia, Vicepresidencia y 17 ministerios, manteniendo la estructura general del Estado central y siguiendo con la creación de más empresas públicas.

A Rodrigo Paz Pereira, con casi 10 meses presidiendo constitucionalmente el país, no le urgió una ley para reorganizar el Órgano Ejecutivo. Tras repetidas y cansonas conferencias de prensa y eventos anunciando el fin del Estado tranca, el 13 de agosto de 2026 aprobó y publicó el Decreto Supremo N° 5675 basado jurídicamente en la ley masista de administración estatal. El decreto aprobado por el gabinete actual consta de 139 páginas que establecen 144 empresas y servicios dependientes del Estado nacional (ver listado al pie del texto) con vinculación ministerial; 12 ministerios con 60 unidades de apoyo (además de 14 unidades de apoyo para Presidencia, con un «asesoramiento especializado en asuntos estratégicos», y Vicepresidencia); 43 viceministerios y 129 direcciones generales. No se describe el número de directorios de empresas y su composición, los cuales también son cargos rentados. Crea la figura de los delegados presidenciales, sin potestades normativas, administrativas y presupuestarias propias de otras autoridades, «hasta que una nueva norma diga lo contrario» (¿?).

La Presidencia del Estado cuenta con 8 unidades y un asesoramiento especializado en asuntos estratégicos.

La Vicepresidencia del Estado incluye 6 unidades administrativas, de las cuales 3 son dependientes del Ministerio de la Presidencia.  

El Ministerio de Relaciones Exteriores, 5 unidades de apoyo, 4 viceministerios y 17 direcciones generales. Cambiaron el nombre de la dependencia desconcentrada “Conoce Bolivia” del MAS por “Bolivia en el mundo”.

El Ministerio de la Presidencia, 5 viceministerios y 17 direcciones generales.

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, 5 unidades de apoyo 5 viceministerios y 15 direcciones generales.

El Ministerio de Defensa 5 unidades de apoyo, 3 viceministerios y 11 direcciones generales; la lucha contra el contrabando depende del Ministerio de Defensa.

El Ministerio de Gobierno 5 unidades de apoyo, 3 viceministerios, 8 direcciones generales.

El Ministerio de Trabajo 5 unidades de apoyo, 2 viceministerios y 5 direcciones generales.

El Ministerio de Producción Sostenible, Medio Ambiente y Agua, 5 unidades de apoyo 5 viceministerios y 19 direcciones generales.

El Ministerio de Hidrocarburos y Energías, 5 unidades de apoyo, 4 viceministerios y 10 direcciones generales.

El Ministerio de Minería y Metalurgia, 5 unidades de apoyo, 3 viceministerios y 4 direcciones generales.

El Ministerio de Educación, 5 unidades de apoyo,  3 viceministerios y 9 direcciones generales.

El Ministerio de Salud y Deportes, 5 unidades de apoyo,  3 viceministerios y 8 direcciones.

El Ministerio de Obras, Servicios y Vivienda, 5 unidades de apoyo,  3 viceministerios y 6 direcciones generales.

¿Era José Luis Lupo el perfil indicado para ocupar un eventual Ministerio Sin Cartera, libre de la pesada carga de administrar el laberinto masista, para proponer un proyecto de Ley de reorganización del Estado central hacia un modelo republicano, austero y eficiente? Nunca lo sabremos. ¿Nacieron las 139 páginas de «organización del Órgano Ejecutivo» del gobierno de Rodrigo Paz Pereira en el Ministerio de la Presidencia? Tampoco lo sabemos pero existen y están vigentes.

Nada ha cambiado en profundidad, solo los nombres de las entidades han pasado de un sitio a otro, sin resolver la maraña heredada del MAS que alimenta la corrupción, la ineficiencia y la burocracia que seguimos pagando todos.

Por Gabriela Ichaso Elcuaz.


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